DTOP Permitirá Coger Examen de Licencia de Aprendizaje por Internet

Ante el retraso descomunal que hay en las citas “online” para tomar el examen teórico para la licencia de aprendizaje, la designada secretaria del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), Eileen M. Vélez Vega, reveló que se comenzarán a abrir nuevos turnos y se establecerá un sistema para que los interesados puedan coger la prueba de manera digital.

Desde diciembre y enero, las citas para tomar la licencia de aprendizaje están otorgándose para julio o agosto.

Vélez Vega reconoció el retraso y dijo que el sistema de turnos se “está trabajando” y se estableció un mecanismo “para abrir más disponibilidad de citas”.

“Además, tenemos un proyecto para que los que quieran puedan coger el examen digital… vamos a darle por lo menos hasta marzo porque estamos trabajando la plataforma para que pueda lanzarse… lo vamos a anunciar”, agregó la funcionaria.

De otra parte, dijo que a partir de hoy los marbetes correspondientes al año 2021 se estarán vendiendo únicamente en las colecturías, donde hay disponibles unos 100,000.

“Los del 2022 se seguirán vendiendo en bancos, cooperativas, colecturías y centros de inspección”, manifestó al añadir que de estos últimos marbetes hay 960,000 disponibles y otra cantidad (no determinada) en proceso de compra.

Requisitos para la Licencia de Aprendizaje NO Real Id necesita:

1- Tener 16 años o más.

2- Si es menor de 18 años, deberá venir acompañado de mamá o papá el cual tendrá que presentar identificación vigente con foto reciente, en original.

a. En caso de tutor legal deberá presentar documento del Tribunal donde certifique el status del menor. NOTA: No puede firmar la patria potestad ninguna persona que no posea legalmente por escrito la patria potestad completa permanente del menor así sea abuela, abuelo, tía, tío, madrina, padrino, etc.

3- Cumplimentar la solicitud DTOP-DIS-255 “Solicitud para Certificado de Licencia para Conducir Vehículos de Motor para Categoría de Aprendizaje” en todas sus partes en bolígrafo y letra legible.

4- Certificación Médica para Certificado de Licencia de Conducir, DTOP-DIS-260, cumplimentada por un doctor en medicina autorizado a ejercer la práctica en Puerto Rico, este no podrá tener más de seis meses de expedido. 5- Tarjeta de seguro social en original, sin laminar.

Podrá presentar uno de los siguientes documentos alternos:

● Forma W-2 “Wage and Tax Statement”, en original.

● Forma SSA-1099 “Social Security Benefit Statement”, en original.

● Copia ponchada de la Planilla Estatal o Federal correspondiente al año en que se solicite la licencia de conducir o al año anterior, sólo aplica si está a nombre del solicitante.

6- Certificado de Nacimiento (versión vigente-año 2010 al presente) o Pasaporte de los Estados Unidos vigente, ambos documentos en original.

a. Toda persona NO nacida en Puerto Rico deberá presentar el certificado de nacimiento del estado o país de nacimiento en original. b. Si la persona NO nació en territorio americano deberá presentar estatus de residencia y/o pasaporte vigente en original.

7- Si es menor de dieciocho (18) años tendrá que presentar Certificación Escolar o documento (notas, transcripción de créditos, etc.) con sello de la escuela, colegio o instituto en original, del año en curso donde solicita la transacción que demuestre que está estudiando.

8- Un documento que no deberá tener más de dos (2) meses de emitido que nos evidencie su dirección física residencial permanente completa (Ejemplo: recibo de agua, luz, teléfono, celular, banco, etc.).

● De no ser el dueño deberá traer el recibo y cumplimentar el formulario DTOP-DIS-156 “Certificación de Residencia Principal” o presentar carta indicando nombre completo, dirección y teléfono del dueño de la vivienda donde certifique que el solicitante reside en esa dirección.

9- Sellos de Rentas Internas con valor de $11.00.

10- Sello de Rentas Internas con valor de $1.00, Ley Núm. 296-2002 “Ley de Donaciones Anatómicas de Puerto Rico”.

11- Comprobante de Rentas Internas con valor de $2.00, código 0842, Ley Núm. 24-2017 “Cargo Especial para el Centro de Trauma de Centro Médico”.

Fuente: https://cesco.turnospr.com/Aprendizaje

Fuente: primerahora.com / 1 de febrero de 2021