LEGISLATURA MUNICIPAL

El Artículo 4.001, establece que las facultades legislativas que se confieren a los municipios mediante la Ley Núm. 81 de 30 de agosto de 1991, según enmendada, titulada -Ley de Municipios Autónomos de Puerto Rico-, serán ejercidas por la Legislatura Municipal.

La Legislatura Municipal de Bayamón se compone de 16 miembros, ya que la población del municipio es mayor de 40,000 habitantes, según el Capítulo IV, inciso (a) de la Ley de Municipios Autónomos de Puerto Rico.

Es deber primordial de la Legislatura Municipal velar por el bienestar general de nuestra comunidad, en una tarea legislativa conjunta con el Alcalde, en una función que pueda culminar en una administración pública eficiente y productiva.