Los contribuyentes tendrán hasta el 29 de mayo de 2020, para realizar sus pagos correspondientes al Segundo Semestre del Año Económico 2019-2020, por concepto de Contribución sobre la Propiedad Inmueble, sin que se les aplique intereses, recargos y penalidades, luego de que la entidad decretara una moratoria a esos efectos.
Se explicó en comunicación escrita que, de acuerdo a la Orden Administrativa Número 2020-4, la cual se emitió tomando en consideración la emergencia decretada por el COVID-19, “los contribuyentes podrán realizar sus pagos de contribución sobre la propiedad inmueble del segundo semestre (enero 2020), que vencen mañana, 31 de marzo de 2020, hasta el 29 de mayo, sin que se le impongan intereses, recargos ni penalidades, lo cual equivale a una moratoria de dos (2) meses.
Añadió que los contribuyentes con planes de pago, a éstos automáticamente se conceden los beneficios contenidos en la moratoria, si se encuentran bajo cláusulas y condiciones de un plan de pago hasta el 29 de mayo de 2020. “Los meses contenidos bajo esta moratoria se añadirán al final de la fecha proyectada para finalizar el mismo”, según reza en la orden firmada. Para contribuyentes con planes de pago se procederá de la siguiente forma:
Emitidos el 1 de enero del 2020, pagarán principal y no acumularán intereses, recargos ni penalidades hasta el 29 de mayo de 2020.
Emitidos el 1 de febrero de 2020, conservarán su descuento de 5 por ciento y no acumularán intereses, recargos ni penalidades hasta el 29 de mayo de 2020.
Emitidos el 1 de marzo de 2020, conservarán su descuento de 10 por ciento y no acumularán intereses, recargos ni penalidades hasta el 29 de mayo de 2020.
Finalmente, el director del CRIM exhortó nuevamente a la ciudadanía, para que utilicen los servicios en línea desde la comodidad de su casa, para aclarar cualquier duda.
“Estas órdenes administrativas están accesibles en la página, crimpr.net y también pueden llamar al Centro de Servicio al Contribuyente, (787) 625-2746”, se concluyó.