Los farmacéuticos puertorriqueños podrán extender la vigencia de una receta de medicamentos de uso crónico que ya no tiene repeticiones una única vez hasta un máximo de 30 días.
La presidenta del Colegio de Farmacéuticos de Puerto Rico (CFPR), informó este lunes a través de un comunicado de que la ley de emergencia permite al farmacéutico a extender la vigencia de una receta de medicamentos de uso crónico que ya no tiene repeticiones una única vez hasta un máximo de 30 días.
Rivera detalló que esa disposición excluye los medicamentos narcóticos y los medicamentos en clasificación II de sustancias controladas.
“El CFPR, ante la situación de la pandemia del COVID-19, trae a la atención la situación del despacho de recetas médicas, incluyendo sustancias controladas durante la emergencia de salud pública que está atravesando. Para manejar este asunto hay unas guías basadas en leyes estatales y federales”, expresó.
“Si el médico o profesional de salud que prescribe tiene la tecnología, puede enviar las recetas por transmisión electrónica o ‘e-prescribing’ directo a la farmacia. Para las sustancias controladas el sistema del médico debe estar preparado para transmitir recetas de estos medicamentos”, subrayó.
El CFPR es la organización profesional, creada por ley, que agrupa a todos los profesionales autorizados a ejercer la profesión de farmacia en Puerto Rico.
En el portal electrónico www.cfpr.org se encuentra información relacionada con todas las áreas de la profesión de farmacia y del CFPR disponible para sus colegiados y la comunidad en general.
Fuente: La Perla del Sur