IVU Municipal

Información Importante

 

 

  • A partir del 1 de agosto de 2014 el Municipio Autónomo de Bayamón comienza a administrar y cobrar la porción municipal del uno por ciento (1%) del Impuesto Sobre Venta y Uso al Detal (IVU), incluyendo los Alimentos no Procesado
  • Fecha límite de radicación y pago correspondiente al IVU Municipal es el día veinte (20) del mes siguiente en que ocurrió la transacción sujeta al IVU
  • Comerciantes que no posean un Certificado de Registro de Comerciantes, deben solicitarlo al Departamento de Hacienda www.Hacienda.pr.gov
  • A través del Portal del Comerciante del Municipio de Bayamón www.ivubayamon.org  los comerciantes de Bayamón, podrán radicar la planilla mensual y pagar el impuesto del 1% del IVU Municipal de forma electrónica
  • Para información adicional sobre el IVU Municipal puede comunicarse a los teléfonos:
    • (797)785-3577 (Director)
    • (787) 787-7878, (787) 780-5552 extensiones 2303, 2304, 2338, 2342, 2343, 2351
    • Enviar un correo electrónico a [email protected]

¿Qué es el IVU Municipal?

Es IVU Municipal es el impuesto fijado por Ley del 1% sobre toda transacción de venta, uso, consumo o almacenaje de partidas tributables, dentro del Municipio de Bayamón, sujetas a ciertas exenciones.

Todo comerciante dedicado a cualquier negocio en que se vendan partidas tributables sujetas al IVU dentro del Municipio de Bayamón, tendrá la obligación de cobrar el impuesto del 1% sobre ventas del IVU Municipal como agente retenedor y será el responsable principal de radicar la planilla mensual del IVU y remitir el pago atribuible al 1% al Municipio de Bayamón.

La penalidad por cobrar el IVU Municipal indebidamente es de $100.00 por cada infracción.

La Penalidad por dejar de remitir el IVU Municipal es no menor del 25% ni mayor del 50% de la insuficiencia determinada.

¿Quién está sujeto al Impuesto del IVU Municipal?

Toda persona natural o jurídica que adquiera, use, almacene o consuma bienes muebles y partidas tributables en el Municipio de Bayamón, será responsable del pago del Impuesto Municipal. Dicho impuesto se paga directamente al comerciante al momento de la compra de los bienes o servicios.

¿Qué es un Comerciante?

Toda persona dedicada al negocio de venta de bienes muebles y de partidas tributables a través de tiendas, almacenes, oficinas vendedores y cualquier otro establecimiento o forma, dentro del Municipio de Bayamón.

¿Qué es el Certificado de Registro de Comerciante?

Cualquier persona que desee llevar a cabo negocios en Puerto Rico como comerciante, deberá presentar al Secretario del Departamento de Hacienda una Solicitud de Certificado de Registro de Comerciante para cada local comercial.

La solicitud deberá someterse al Secretario de Hacienda al menos 30 días antes de que la persona natural o jurídica (individuo, empresa, sociedad o corporación) comience a operar un negocio, para esto se utiliza el Modelo SC 2914, el cual se puede rendir accediendo la página de Internet en: www.hacienda.gobierno.pr/ivu

¿Luego de Recibir el Certificado de Registro de Comerciante?

Una vez el comerciante posea el Certificado de Registro de Comerciante, debe visitar el piso 3 de la Casa Alcaldía del Municipio de Bayamón para registrar el certificado y obtener su número de cliente, el cual le permitirá radicar la planilla mensual y el pago correspondiente a la porción del IVU Municipal electrónicamente en el portal del Comerciante del Municipio de Bayamón.

Los comerciantes que poseen un certificado de Registro de Comerciante previo al 31 de julio de 2013, el Municipio de Bayamón les envió carta por correo, indicando su número de cliente, de manera que puedan registrarse, radicar la planilla mensual y pagar electrónicamente en el portal del comerciante del Municipio. Si el comerciante no recibió la carta, debe comunicarse con el Municipio de Bayamón al respecto.

Los comerciantes que poseen el número de cliente del municipio de Bayamón, podrán registrarse en el portal del comerciante a partir del 21 de julio de 2014.

¿Existe alguna penalidad por dejar de registrarse?

Todo comerciante que no se registre como Comerciante, según requerido por ley, estará sujeto a una penalidad de $10,000.

¿Dónde exhibir El Certificado de Registro de Comerciante?

El Certificado de Registro de Comerciante se exhibirá en todo momento en un lugar visible al público en general en la localidad comercial donde el comerciante lleve a cabo sus ventas.

El no exhibir el certificado en un lugar visible al público en general tendrá una multa de hasta $1,000 y por falsificación del Certificado $5,000 por cada infracción.

¿Dónde radicar la planilla mensual del IVU Municipal?

Los comerciantes del Municipio podrán radicar y pagar las planillas mensuales del IVU municipal en el Portal del Comerciante del Municipio de Bayamón www.ivubayamon.org. Es importante mencionar que según la Guía Contributiva del Impuesto Sobre Ventas y Uso vigente, todo comerciante con un volumen de ventas igual o mayor a $50,000.00 anuales o cuyos depósitos del IVU para el año contributivo anterior excedan de $12,000.00, tendrá la obligación de radicar y remitir el impuesto electrónicamente.

Si la planilla mensual no conlleva un pago, el comerciante podrá radicar su planilla Electrónicamente a través del portal del Comerciante del Municipio de Bayamón en www.ivubayamon.org o enviarla por correo a la siguiente dirección postal:

Municipio de Bayamón
Planilla Mensual IVU
PO BOX 364207
San Juan, PR 00936-4207

La forma de la Planilla Mensual del IVU se puede obtener en la Oficina del IVU del Municipio o se puede descargar al final de esta la página.

La penalidad por dejar de rendir la Planilla Mensual del Impuesto sobre Ventas y Uso en la forma y fecha establecida por Ley, es de $100.00 o el 10% de la obligación del impuesto a pagarse según la planilla, lo que sea mayor.

Toda persona a quien le es requerido someter la Planilla Mensual de Impuestos sobre Venta y Uso utilizando medios electrónicos, que no rinda la misma de ese modo, se considerará como si hubiese dejado de rendir tal declaración, por lo que estará sujeto a penalidades.

¿Alternativas de Pago del IVU Municipal?

Para los comerciantes con planillas mensuales que conlleven el pago del impuesto del IVU Municipal, el Municipio de Bayamón provee las siguientes alternativas:

  • Electrónicamente, a través del Portal del Comerciante del Municipio de Bayamón www.ivubayamon.org
  • Por Correo junto con la planilla mensual con cheque o giro postal a nombre del Municipio de Bayamón /IVU a la siguiente dirección postal:
    Municipio de Bayamón / IVU
    PO BOX 364207
    San Juan, PR 00936-4207
  • Oficina del IVU, donde los Oficiales del municipio atenderán a los comerciantes personalmente en horariode lunes a viernes de 8;00 am a 4:00 pm. La Oficina está localizada en la Carretera Núm. 2, Casa Alcaldía –Departamento de Finanzas – Piso 3

El pago podrá ser en cheque, giro postal, tarjeta de débito o tarjeta de crédito Visa/MC/Amex.

Planilla Mensual – IVU Municipal

Para descargar la planilla mensual del IVU Municipal de Bayamón, haga clic sobre el enlace de los siguientes formatos:

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