Ordenamiento Territorial

Los Planes de Ordenación constituirán instrumentos del territorio municipal, los cuales protegerán los suelos, promoverán su uso balanceado, provechoso y eficaz, y propiciarán el desarrollo cabal del municipio. Estos planes serán elaborados, adoptados y revisados en conformidad con lo dispuesto en el Artículo 6.011 de la Ley Núm. 107 de 2020, según enmendada, y serán compatibles con las leyes, políticas públicas y reglamentos del gobierno central.

La Oficina de Planificación del Municipio de Bayamón fue la responsable de la aprobación del Plan Territorial el 30 de diciembre de 1992. En la actualidad, la Oficina de Ordenamiento Territorial, creada a fines del año 2000, es responsable de la administración y revisión del Plan Territorial.

El Código Municipal de Puerto Rico otorga a los gobiernos municipales las herramientas necesarias para servir mejor las necesidades de sus ciudadanos. A través de la Ley de Municipios Autónomos de Puerto Rico, derogada por el Código Municipal de Puerto Rico, se ha logrado reducir la burocracia gubernamental y el proceso centralizado de decisión que, en muchos casos en el pasado, no ha producido ciudades que respondan a las necesidades de sus ciudadanos. Ahora, el énfasis en la participación de la ciudadanía en el proceso de planificación otorga poderes al pueblo para movilizar a sus gobiernos locales a enfocarse en sus necesidades. Desde su comienzo, la Oficina de Planificación de Bayamón, ahora llamada Oficina de Planificación, Ordenamiento Territorial y Administración de Fondos Federales, se ha comprometido de forma significativa con un programa de amplia participación ciudadana.

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